12/05/2011
El Tribunal Supremo confirma que las
Terapias Naturales deben ser practicadas por médicos.
Los magistrados afirman que
"cualquier terapia, ya sea convencional o natural como se denomina a las no
convencionales, deben estar integradas en el sistema de salud, ya sea público o
privado, en tanto que se desenvuelven en el ámbito sanitario, puesto que se
ocupan de la salud de las personas y del tratamiento de enfermedades".
El Supremo hace alusión a las dos sentencias que el TSJ catalán ha dictado sobre
el decreto, una de ellas tras el recurso interpuesto por la Organización Médica
Colegial. La Sala Contenciosa asume las argumentaciones del tribunal autonómico,
que declaró que el decreto impugnado
"acomete unas actividades que tienen como finalidad la preservación,
conservación y restauración de la salud de las personas, para lo que aplica una
diagnosis y eventualmente soluciones a los problemas de la salud mediante la
aplicación terapéutica, como la aplicación de técnicas y terapias manuales".
Actos sanitarios
La
regulación de esas terapias no convencionales
"tiene ciertamente incidencia en la salud de las personas, pero no
como efecto incidental de una actividad que sea considerada no sanitaria, sino,
precisamente como actividad sanitaria entendida en el concepto indiferenciado
que se desprende de la legislación básica estatal". En consecuencia, la norma
autonómica "no puede encomendar su cometido a profesionales no sanitarios ni
reconocer unidades sanitarias sin el requisito del profesional sanitario
licenciado que sea el responsable".
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